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2. |
Documentos aplicables de la OACI
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| La AIP está publicada de conformidad con el RAC-15 Servicios
de Información Aeronáutica, el Doc. 10066-OACI, Gestión de Información Aeronáutica (PANS-AIM) y
al Doc. 8126-OACI, Manual de Servicios de Información Aeronáutica. Las cartas que figuran en la
AIP se producen de conformidad con el RAC-04 Reglamento de Cartas Aeronáuticas y con el Doc.
8697-OACI, Manual de Cartas Aeronáuticas. Las diferencias con respecto a las Normas, Métodos
Recomendados y Procedimientos de la OACI se indican en la subsección GEN 1.7 |
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3. |
Estructura de la AIP y procedimiento para el intervalo regular
establecido para las enmiendas
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3.1 |
Estructura de la AIP
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| La AIP forma parte de los productos de información
aeronáutica, cuyos detalles se indican en la subsección GEN 3.1. La estructura de la AIP se
muestra en el gráfico de la página GEN 0.1-4. |
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| La AIP se divide en tres partes, Generalidades (GEN), En ruta
(ENR) y Aeródromos (AD), cada una dividida en secciones y subsecciones, conteniendo varios
tipos de información. |
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3.1.1 | Parte 1 Generalidades (GEN) |
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| La parte 1 consta de cinco secciones conteniendo información que brevemente
se describe a continuación. |
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GEN 0.-
Prefacio;
Registro de Enmiendas de la AIP, Registro de Suplementos de la AIP, Lista
de Verificación de Páginas, Lista de Enmiendas incorporadas a mano a la AIP e Indice de la
Parte 1.
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GEN 1.-
Reglamentos y requisitos nacionales-
Autoridades designadas; entrada, tránsito y
salida de aeronaves, entrada, tránsito y salida de pasajeros y tripulantes; entrada, trànsito y
salida de mercancías; instrumentos, equipo y documentos de vuelo de las aeronaves; resumen de
reglamentos nacionales y acuerdos/convenios internacionales; y diferencias respecto de las
normas, métodos recomendados y procedimientos de la OACI.
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GEN 2.-
Tablas y còdigos-
Sistemas de medidas, marcas de nacionalidad y matrículas de
aeronaves, dìas feriados; abreviaturas usadas en las publicaciones del AIS; símbolos
cartográficos; indicadores de lugar; lista de radioayudas para la navegación; tablas de
conversión y tablas de salidas y puestas del sol.
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GEN 3.-
Servicios-
Sericios de información aeronáutica; cartas aeronáuticas; servicios de
tránsito aéreo; servicios de comunicaciones; servicios meteorológicos, búsqueda y
salvamento
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GEN 4.-
Derechos por el uso de aeródromos/helipuertos y servicios de navegación
aérea-
Derechos por uso de aeródromos/helipuertos; y derechos por el uso de servicios
de navegación aérea.
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3.1.2 | Parte 2 En ruta (ENR) |
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| La parte 2 consta de siete secciones que contienen la información que
brevemente se describe a continuación: |
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ENR 0.-
Prefacio;
registro de Enmiendas de la AIP; registro de Suplementos de la AIP; lista
de Verificación de páginas de la AIP; lista de enmiendas incorporadas a mano a la AIP; e índice
de la Parte 2.
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ENR 1.-
Reglas y procedimientos
generales-
Reglas generales; reglas de vuelo visual; reglas de vuelo por instrumentos;
clasificación del espacio aéreo ATS; procedimeintos de espera; aproximación y salida; servicios
y procedimientos radar; procedimientos de reglaje de altímetro; procedimientos suplementarios
regionales (Doc.7030 OACI); organización de la afluencia de tránsito aéreo; planificación de
vuelos; direccionamiento de los mensajes de plan de vuelo; intercepción de aeronaves civiles;
interferencia ilícita; e incidentes de tránsito aéreo.
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ENR 2.-
Espacio aéreo de los servicios de tránsito aéreo-
Descripción detallada de las
regiones de información de vuelo (FIR), regiones superiores de información de vuelo (UIR),
áreas de control terminal (TMA), otros espacios aéreos regulados.
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ENR 3.-
Rutas ATS-
Descripción detallada de las rutas ATS inferiores, rutas ATS superiores,
rutas de navegación aérea, rutas de helicópteros, otras rutas nacionales inferiores, espera en
ruta.
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| Nota- En las secciones y subsecciones pertinentes de la Parte-Aeródromo, se
describen otros tipos de rutas que se especifican en conexión con los procedimientos para el
tránsito hacia y desde aeródromos. |
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ENR 4.-
Radioayudas y sistemas de navegación-
Radioayudas para la navegación en ruta,
sistemas especiales de navegación, desiganadores o nombres en clave para puntos significativos
y luces aeronáuticas de superficie en ruta.
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ENR 5.-
Alertas para la navegación-
Zonas prohibidas, restringidas y peligrosas, zonas de
maniobra e intrucción, otras activadades de naturaleza peligrosa (volcanes activos de Costa
Rica), obstáculos para la navegación aérea en ruta, actividades aéreas deportivas y de recreo,
vuelo migratorio de aves y zonas con fauna sensible.
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ENR 6.-
CARTA DE NAVEGACIÓN EN RUTA-OACI Y CARTAS ÍNDICE.
Se incluirán en esta sección las
cartas índice.
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3.1.3 | Parte 3-Aeródromos (AD) |
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| La parte 3 consta de cuatro secciones que contiene información la que
brevemente se describe a continuación. |
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AD 0.
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Prefacio;
registro de Enmiendas
de la AIP; registro de Suplementos de la AIP; lista de Verificación de páginas de la AIP; lista
de enmiendas incorporadas a mano a la AIP; e índice de la Parte 3.
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AD 1.
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Aeródromos/Helipuertos-Introducción-
Disponiblidad de aeródromos; servicios
de Salvamento y Extinción de Incendios, Indice de Aeródromos/Helipuertos, Aeropuertos
Controlados, Lista de Aeródromos Locales (solo VFR) y Agrupación de Aeródromos.
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AD 2.
-
Aeródromos-
Información detallada
sobre aeródromos.
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AD 3.
-Helipuertos-
Información de Helipuertos Nacionales.
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3.2 | Intervalo regular establecido para las enmiendas |
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| Las enmiendas regulares de la AIP se publicarán en mayo y
octubre de cada año y cuando sea necesario, se publicarán en fechas diferentes de las
establecidas. En el caso de no poder cumplir con las fechas preestablecidas se notificará
mediante NIL y se distribuirá como lista de verificación de los NOTAM. |
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4. | Servicio con el que se ha de establecer comunicación en caso
de detectarse errores y omisiones en la AIP |
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| En la compilación de la AIP, se ha tenido cuidado de
asegurarse de que la información contenida sea exacta y completa. Todo error u omisión que
pueda no obstante detectarse, así como cualquier envío electrónico relativo a los productos de
información aeronáutica deberá dirigirse a: |
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| DIRECCIÒN GENERAL DE AVIACIÒN CIVIL |
| UNIDAD DE SERVICIOS DE INFORMACIÒN AERONÀUTICA |
| Edificio Control Radar |
| Apartado 5026-1000 |
| San Josè, Costa Rica |
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Correo electrònico:
aiscr@dgac.go.cr
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Telèfono: (506) 2106-9093
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