PARTE 1 — Generalidades (GEN)

GEN 0  

GEN 0.1  PREFACIO

1. Nombre de la autoridad responsable de la publicaciòn
 
La Publicación de Información Aeronáutica (AIP), ha sido elaborada por Publicaciones y Cartografía Aeronáutica, la cual forma parte de la Unidad de Servicios de Información Aeronáutica y del Departamento de los Servicios de Navegación Aérea de la Dirección General de Aviación Civil.
 
2. Documentos aplicables de la OACI
 
La AIP está publicada de conformidad con el RAC-15 Servicios de Información Aeronáutica, el Doc. 10066-OACI, Gestión de Información Aeronáutica (PANS-AIM) y al Doc. 8126-OACI, Manual de Servicios de Información Aeronáutica. Las cartas que figuran en la AIP se producen de conformidad con el RAC-04 Reglamento de Cartas Aeronáuticas y con el Doc. 8697-OACI, Manual de Cartas Aeronáuticas. Las diferencias con respecto a las Normas, Métodos Recomendados y Procedimientos de la OACI se indican en la subsección GEN 1.7
 
3. Estructura de la AIP y procedimiento para el intervalo regular establecido para las enmiendas
 
3.1 Estructura de la AIP
 
La AIP forma parte de los productos de información aeronáutica, cuyos detalles se indican en la subsección GEN 3.1. La estructura de la AIP se muestra en el gráfico de la página GEN 0.1-4.
 
La AIP se divide en tres partes, Generalidades (GEN), En ruta (ENR) y Aeródromos (AD), cada una dividida en secciones y subsecciones, conteniendo varios tipos de información.
 
3.1.1Parte 1 Generalidades (GEN)
 
La parte 1 consta de cinco secciones conteniendo información que brevemente se describe a continuación.
 
GEN 0.- Prefacio; Registro de Enmiendas de la AIP, Registro de Suplementos de la AIP, Lista de Verificación de Páginas, Lista de Enmiendas incorporadas a mano a la AIP e Indice de la Parte 1.
 
GEN 1.- Reglamentos y requisitos nacionales- Autoridades designadas; entrada, tránsito y salida de aeronaves, entrada, tránsito y salida de pasajeros y tripulantes; entrada, trànsito y salida de mercancías; instrumentos, equipo y documentos de vuelo de las aeronaves; resumen de reglamentos nacionales y acuerdos/convenios internacionales; y diferencias respecto de las normas, métodos recomendados y procedimientos de la OACI.
 
GEN 2.- Tablas y còdigos- Sistemas de medidas, marcas de nacionalidad y matrículas de aeronaves, dìas feriados; abreviaturas usadas en las publicaciones del AIS; símbolos cartográficos; indicadores de lugar; lista de radioayudas para la navegación; tablas de conversión y tablas de salidas y puestas del sol.
 
GEN 3.- Servicios- Sericios de información aeronáutica; cartas aeronáuticas; servicios de tránsito aéreo; servicios de comunicaciones; servicios meteorológicos, búsqueda y salvamento
 
GEN 4.- Derechos por el uso de aeródromos/helipuertos y servicios de navegación aérea- Derechos por uso de aeródromos/helipuertos; y derechos por el uso de servicios de navegación aérea.
 
3.1.2Parte 2 En ruta (ENR)
 
La parte 2 consta de siete secciones que contienen la información que brevemente se describe a continuación:
ENR 0.- Prefacio; registro de Enmiendas de la AIP; registro de Suplementos de la AIP; lista de Verificación de páginas de la AIP; lista de enmiendas incorporadas a mano a la AIP; e índice de la Parte 2.
 
ENR 1.- Reglas y procedimientos generales- Reglas generales; reglas de vuelo visual; reglas de vuelo por instrumentos; clasificación del espacio aéreo ATS; procedimeintos de espera; aproximación y salida; servicios y procedimientos radar; procedimientos de reglaje de altímetro; procedimientos suplementarios regionales (Doc.7030 OACI); organización de la afluencia de tránsito aéreo; planificación de vuelos; direccionamiento de los mensajes de plan de vuelo; intercepción de aeronaves civiles; interferencia ilícita; e incidentes de tránsito aéreo.
 
ENR 2.- Espacio aéreo de los servicios de tránsito aéreo- Descripción detallada de las regiones de información de vuelo (FIR), regiones superiores de información de vuelo (UIR), áreas de control terminal (TMA), otros espacios aéreos regulados.
 
ENR 3.- Rutas ATS- Descripción detallada de las rutas ATS inferiores, rutas ATS superiores, rutas de navegación aérea, rutas de helicópteros, otras rutas nacionales inferiores, espera en ruta.
 
Nota- En las secciones y subsecciones pertinentes de la Parte-Aeródromo, se describen otros tipos de rutas que se especifican en conexión con los procedimientos para el tránsito hacia y desde aeródromos.
 
ENR 4.- Radioayudas y sistemas de navegación- Radioayudas para la navegación en ruta, sistemas especiales de navegación, desiganadores o nombres en clave para puntos significativos y luces aeronáuticas de superficie en ruta.
 
ENR 5.- Alertas para la navegación- Zonas prohibidas, restringidas y peligrosas, zonas de maniobra e intrucción, otras activadades de naturaleza peligrosa (volcanes activos de Costa Rica), obstáculos para la navegación aérea en ruta, actividades aéreas deportivas y de recreo, vuelo migratorio de aves y zonas con fauna sensible.
 
ENR 6.- CARTA DE NAVEGACIÓN EN RUTA-OACI Y CARTAS ÍNDICE. Se incluirán en esta sección las cartas índice.
 
3.1.3Parte 3-Aeródromos (AD)
 
La parte 3 consta de cuatro secciones que contiene información la que brevemente se describe a continuación.
 
AD 0. - Prefacio; registro de Enmiendas de la AIP; registro de Suplementos de la AIP; lista de Verificación de páginas de la AIP; lista de enmiendas incorporadas a mano a la AIP; e índice de la Parte 3.
 
AD 1. - Aeródromos/Helipuertos-Introducción- Disponiblidad de aeródromos; servicios de Salvamento y Extinción de Incendios, Indice de Aeródromos/Helipuertos, Aeropuertos Controlados, Lista de Aeródromos Locales (solo VFR) y Agrupación de Aeródromos.
 
AD 2. - Aeródromos- Información detallada sobre aeródromos.
 
AD 3. -Helipuertos- Información de Helipuertos Nacionales.
 
3.2Intervalo regular establecido para las enmiendas
 
Las enmiendas regulares de la AIP se publicarán en mayo y octubre de cada año y cuando sea necesario, se publicarán en fechas diferentes de las establecidas. En el caso de no poder cumplir con las fechas preestablecidas se notificará mediante NIL y se distribuirá como lista de verificación de los NOTAM.
 
4.Servicio con el que se ha de establecer comunicación en caso de detectarse errores y omisiones en la AIP
 
En la compilación de la AIP, se ha tenido cuidado de asegurarse de que la información contenida sea exacta y completa. Todo error u omisión que pueda no obstante detectarse, así como cualquier envío electrónico relativo a los productos de información aeronáutica deberá dirigirse a:
 
DIRECCIÒN GENERAL DE AVIACIÒN CIVIL
UNIDAD DE SERVICIOS DE INFORMACIÒN AERONÀUTICA
Edificio Control Radar
Apartado 5026-1000
San Josè, Costa Rica
Correo electrònico: aiscr@dgac.go.cr
Telèfono: (506) 2106-9093