ENR 5  Alertas para la navegación

ENR 5.6  Vuelos migratorios de aves y zona con fauna sensible

5.6.1. Migración de aves
     
5.6.1-1 Cuando se obtenga información, ya sea por reporte del piloto, observada por el personal de la Torre de Control, u observada en el radar y verificada por el piloto, sobre actividad de aves que pudieran afectar la operación de los vuelos, el controlador deberá de emitir información a las aeronaves en su frecuencia que pudieran ser afectadas por esta condición. La información deberá de incluir la especie o tamaño de las aves, si se conoce, dirección de desplazamiento y altitud.
     
5.6.1-2 Esta información deberá de ser emitida durante 15 minutos después de tener el primer conocimiento de la situación, a menos de que la observación visual o reportes posteriores indiquen que la condición ha desaparecido
     
NOTA: Existe presencia de aves y otra fauna en el Aeropuerto Internacional Daniel Oduber Quirós